domingo, 6 de octubre de 2013

Brevísima sinopsis de las reformas educativas en México. Siglo XX




            Para evaluar críticamente la reforma educativa impulsada por Enrique Peña Nieto, vale la pena tener a la vista casos anteriores que de una manera u otra han contribuido a marcar los derroteros de la educación en México durante el siglo pasado. Algunas de dichas reformas han tenido, como la más reciente, carácter constitucional. En otros momentos se ha tratado de modificaciones en el marco de la legislación secundaria o bien de transformaciones en el nivel de la administración y la planeación.

(1) En 1905 se crea la Secretaría de Instrucción Pública y Bellas Artes, inspirada por Justo Sierra -quien se convertiría en su primer titular. Dicha secretaría sustituyó al anterior Ministerio de Justicia e Instrucción Pública[1]. Llama la atención que Sierra conservase el vocabulario liberal del siglo XIX, según el cual la “instrucción” podría ser competencia del estado, pues la educación propiamente dicha –asociada con el cultivo de determinados valores morales o éticos- debía reservarse al seno familiar. Aun así, Sierra anticipa a Vasconcelos y a la educación posrevolucionaria al aclarar en la Ley de Educación Primaria (1908) que “Las escuelas oficiales serán esencialmente educativas; la instrucción en éstas se considerará sólo como un medio de educación”. También en dicho ordenamiento se sostiene que “Por educación debe entenderse el desenvolvimiento armónico de cada alumno”[2]. Al igual que todos los ordenamientos similares promulgados en el siglo XIX, el alcance de las reformas de Sierra no iba más allá del Distrito Federal y los territorios; los estados de la federación conservaban un elevado grado de autonomía en lo tocante a la educación pública.

(2) La Secretaría de Instrucción Pública y Bellas Artes desaparece el primero de febrero de 1917, a escasos días de que se promulgara la nueva constitución. Venustiano Carranza, por entonces “Primer Jefe” de las fuerzas revolucionarias, crea en su lugar una Dirección General de Bellas Artes, una Dirección General de Instrucción Primaria, Normal y Preparatoria, y una Dirección de Enseñanza Técnica[3]. Probablemente, y eso es tema que tendría que investigarse, el liberalismo más o menos “clásico” del propio Carranza lo alejaría de la idea de que el estado tuviese a su cargo, plenamente, algo más que la instrucción de los diversos sectores sociales. Sin embargo, los intensos debates del congreso constituyente en torno al tema educativo apuntaban ya a la creación de un organismo dotado de facultades mucho más amplias, y abocado a la formación educativa de los habitantes del país que se estaba reinventando.[4]

(3) Dicho organismo, la Secretaría de Educación Pública (SEP), comenzó a existir el 29 de septiembre de 1921, por decreto que implicaba reformar la constitución en los detalles concernientes a la organización del gobierno federal. El primer secretario fue, como se sabe, el entonces rector de la también naciente Universidad Nacional Autónoma de México: José Vasconcelos. La intensa y no siempre coherente obra de Vasconcelos como secretario comprendió, entre otras cosas, la publicación de libros de texto, el impulso a las bibliotecas escolares, la creación de “Casas del Pueblo”, la conformación de las célebres “Misiones Culturales” y hasta la inauguración de la primera normal rural en el país, fundada en Tacámbaro en 1922[5].  Por otra parte, Vasconcelos organizó a la SEP con base en un esquema de departamentos, dedicados a aspectos tan diversos como la cultura indígena o la estomatología escolar[6]. Pero ninguna de las acciones del primer titular de la SEP implicaba una reforma educativa propiamente dicha: lo que estaba fraguándose, en sentido estricto, era el modelo educacional de la revolución triunfante. Por desgracia para Vasconcelos, la trama política del momento impidió que sus proyectos se continuasen en la manera en que él los había concebido más allá del gobierno de Álvaro Obregón. Sin embargo, hay que decir que la época de Vasconcelos fue la primera desde la independencia en que el gobierno federal contó con el poder formal para dirigir la educación en todo el país. Esto, desde luego, no implicaba que también contara con los recursos para ello.

(4) Vasconcelos fue un hombre de ideas que contó en un momento dado con el poder de aplicarlas guiado por su propia visión del mundo. Uno de sus más importantes sucesores, Narciso Bassols, fue más bien un hombre práctico que pensaba que era necesaria una perspectiva clara acerca de la realidad del país en el cual debía implementarse un amplio plan educativo. Así, Bassols dedicó su primer año al frente de la SEP (1931) a recorrer el país e indagar acerca de las necesidades y problemas del sistema que, de un modo u otro, conservaba aproximadamente la faz que le había conferido Vasconcelos. Bassols comenzó a implementar las reformas que consideró necesarias a finales de 1932 y durante todo 1933. Esas reformas tampoco implicaron cambios a la redacción del artículo 3º constitucional; por el contrario, la idea que las guiaba era el cumplimiento estricto de lo estipulado en dicho artículo[7]. De modo que el secretario trabajó más bien a nivel de las ordenanzas secundarias y los planes educativos; esto bastó para suscitar una importante reacción conservadora, provocada por la intención de fortalecer el laicismo y de implementar la educación sexual[8].Por otra parte, Bassols impulsó cambios en el esquema vasconceliano de la educación rural, fomentando la educación técnica orientada al aumento de la producción y, eventualmente, a la mejora de la condición económica general del país[9].

(5) Bassols apuntaba ya a la idea de la educación socialista. Sin embargo, fue al final del gobierno de Abelardo Rodríguez –pero siendo Plutarco Elías Calles el verdadero factótum del poder- que se impulsó la primera reforma educativa propiamente constitucional. El mismo día en que Lázaro Cárdenas asumió el poder –primero de diciembre de 1934- entraron en vigor las modificaciones a los artículos 3º y 73. El texto del nuevo artículo 3º comenzaba así: “La educación que imparta el estado será socialista, y además de excluir toda doctrina religiosa combatirá el fanatismo y los prejuicios, para lo cual la escuela organizará sus enseñanzas y actividades en forma que permita crear en la juventud un concepto racional y exacto del universo”[10]. La nueva fracción XXV del artículo 73, por su parte, señalaba que las leyes reglamentarias establecerían las aportaciones de los estados de la federación a la educación pública. Esto último contribuía a un mayor y mejor control de la educación por parte del gobierno central. Pero la reforma al artículo 3º exigía, por su parte, la implementación tanto de leyes secundarias como de planes de estudio acordes con la orientación “socialista” del gobierno de la revolución. Eso provocó intensas discusiones pedagógicas y metodológicas, que de alguna manera cristalizaron en la organización interna de las escuelas tanto urbanas como rurales.[11]

(6) La educación socialista del cardenismo provocó importantes resistencias por parte de la jerarquía de la iglesia católica y otros sectores. En los hechos, algunas autoridades de diversos niveles optaron mucho más por la búsqueda de un modus vivendi con dicha jerarquía y las organizaciones afines a ella que por el cumplimiento irrestricto de la reforma. Los conflictos, no obstante, se prolongaron durante el gobierno de Manuel Ávila Camacho (1940 – 1946), a pesar de que el sucesor de Cárdenas estaba mucho más preocupado por la política de “unidad nacional” en el contexto de la segunda gran guerra que por el programa izquierdista de la revolución. Finalmente, Ávila Camacho impulsó una nueva reforma constitucional que entró en vigor siendo titular de la SEP Jaime Torres Bodet, en diciembre de 1945[12]. Dicha reforma modificó el inicio del artículo 3º, que ahora decía “La educación que imparta el estado –federación, estados, municipios- tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, el amor a la patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia”. Desde luego, esta nueva redacción implicaba también cambios en las leyes secundarias y en la organización general de la SEP. Torres Bodet, aprovechando el momento, implementó una Comisión Revisora y Coordinadora de los Planes Educativos y Textos Escolares, con lo cual facilitó la planeación –y el control, sobra decir- de la actividad educativa a nivel nacional. También se debe a Torres Bodet una Ley de Emergencia para iniciar la Campaña Nacional contra el Analfabetismo (1944), así como una reforma a los planes de estudio de la educación secundaria. Y, como dato interesante, el gobierno de Ávila Camacho hizo frente a la inestabilidad política provocada por las diversas luchas magisteriales con la creación del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) en 1943… ¡como respuesta a un llamado presidencial! Ávila Camacho se distanciaba del “socialismo” más o menos favorecido por Cárdenas, pero definitivamente no de la idea de un estado corporativista que asegurara el control político del país por medio de organizaciones sindicales que respondieran al propio gobierno.[13]

(7) El mismo Torres Bodet sería protagonista del siguiente gran momento de las reformas educativas en el México del siglo XX. De nueva cuenta secretario de educación, ahora en el gobierno de Adolfo López Mateos (1958 – 1964), Torres Bodet trazó el llamado “Plan de Mejoramiento y la Expansión de la Educación Primaria en México”, conocido como el “Plan de Once Años”. Dicho plan entró en vigor el primero de enero de 1960, y sin modificar la constitución implicó importantes cambios en la estructura de la SEP[14]. El más notorio de ellos, aunque previo a la entrada en vigor del plan, fue la creación de la Comisión Nacional de los Libros de Texto Gratuitos (por decreto del 12 de febrero de 1958)[15]. Otros cambios importantes tuvieron que ver con la elaboración de planes de estudio para los niveles básico y medio, así como para las normales[16]. Sobra decir que tales cambios eran coherentes con un proyecto que se proponía el “mejoramiento” de la educación primaria. Claro, cosa distinta sería evaluar los resultados de los mismos, pues debían acompañarse por una fuerte inversión federal y estatal que no siempre alcanzó sus objetivos.

(8) Una reforma de gran envergadura comenzó a gestarse, un poco paradójicamente, en plena efervescencia del movimiento estudiantil de 1968[17]. Acaso Gustavo Díaz Ordaz (presidente entre 1964 y 1970) intentaba así contrarrestar la influencia de aquel movimiento. Más allá de la especulación histórica, la reforma fue llevada a cabo ya en el gobierno de Luis Echeverría (1970 – 1976), de manera ambiciosa y con resultados que también habría que evaluar críticamente. En este caso no hubo cambios constitucionales, pero sí un intenso trabajo de preparación dirigido por el secretario Víctor Bravo Ahuja, que incluyó conferencias y seminarios de expertos auspiciados por el gobierno. En 1971 inició sus trabajos la Comisión Coordinadora de la Reforma Educativa, en la cual estaban representados organismos e instituciones que iban desde la UNAM y la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES) hasta la omnipresente Confederación de Trabajadores de México (CTM)[18]. El resultado más tangible fue una serie de cambios en los planes de estudio de todos los niveles educativos, acompañados por cambios importantes en la confección de los libros de texto. La extensión del sistema educativo nacional alcanzó niveles nunca vistos. Eso no significa, sobra decirlo, que el aumento cuantitativo se tradujera en algún incremento cualitativo. Pero hay una novedad que comienza a cobrar cuerpo en estos tiempos: la descentralización de la actividad educativa, con vistas a garantizar el mejor funcionamiento del nuevo y descomunal sistema[19].

(9) Durante el gobierno de José López Portillo (1976 – 1982) el control político sobre el magisterio se relativiza con la aparición de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (1979). Pero de vuelta en el tema principal, hay que decir que los retos de la reforma echeverrista y los problemas para su realización repercutieron sin duda en el proyecto de la “revolución educativa”, impulsado por Jesús Reyes Heroles cuando fue secretario de educación en el gobierno de Miguel de la Madrid (1982 – 1988)[20]. Reyes Heroles murió en 1985, y eso impidió consumar su “revolución”. Ella procuraba especialmente la mejora del sistema educativo nacional, y para ello requería el fortalecimiento del proceso descentralizador. Pero los planes de Reyes Heroles se decantaron más bien en la reorganización del trabajo de la SEP, lo cual no implicaba cambios constitucionales[21]. Cabe destacar que, al menos en el papel, la revolución educativa entrañaba amplias consultas con todos los sectores involucrados. Y también al menos en el papel, el objetivo último era transformar para mejor a la sociedad mexicana de acuerdo con los cambios globales que ya entonces hacían sentir sus efectos en el país.

(10) La siguiente reforma que sí implicó cambios constitucionales tuvo lugar durante el gobierno de Carlos Salinas de Gortari (1988 – 1994). Obtenida una cómoda mayoría legislativa en las elecciones intermedias de 1991, Salinas echó adelante su proyecto de “modernización” del país en diferentes ámbitos, proyecto que en realidad implicaba la reducción del papel del estado en la conducción de la economía. Aparentemente la educación no sería un problema central para alguien como Salinas; sin embargo, la entrada de México en la dinámica globalizadora implicaba adecuar las leyes mexicanas a las “sugerencias” de los organismos internacionales, tales como el Acuerdo General para Aranceles y Comercio (GATT, más tarde la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, la OCDE). Por otra parte, el gobierno más cuestionado desde los tiempos de Obregón requería de una legitimidad que sustituyera a la de las urnas. Así, Salinas buscó el apoyo de la jerarquía católica y de sectores conservadores de la empresa privada. Estos factores convergieron en la reforma del artículo 3º constitucional, que a partir del 5 de marzo de 1993 iniciaba de la siguiente manera: “Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El estado –federación, estados y municipios- impartirá educación preescolar, primaria y secundaria. La primaria y la secundaria son obligatorias”[22]. No deja de llamar la atención que Salinas, llegado a la presidencia en condiciones más que dudosas, impulsara una reforma que en el párrafo (a) de la fracción II del nuevo artículo 3º dijese del criterio que guiará a la educación que “Será democrático, considerando a la democracia no solamente como una estructura jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo”[23]. Por otra parte, la redacción constitucional retiraba sutilmente trabas para que los ministros de culto pudiesen impartir clases[24]. Pero la verdadera clave de la reforma educativa del salinismo radicaba en la Ley General de Educación, que venía a sustituir a la Ley Federal en la materia, así como a otros varios ordenamientos específicos[25]. En dicha ley, entre otras cosas, aparece por primera vez la idea de las “habilidades y destrezas” como elementos a incluir en los planes de estudio de todos los niveles educativos[26]. Materia de investigación será si esa idea es el antecedente directo de las “competencias” de las que se habla más recientemente. Por otro lado, en la sección 4 del capítulo II de la mencionada ley se establece que la propia SEP sería quien evaluaría el sistema educativo nacional en su conjunto, y quien tomaría “las medidas procedentes” en función de tal evaluación[27]. Como se sabe, este punto es precisamente uno de los que la reforma educativa de Peña Nieto modifica sustancialmente al proponer la creación de un Instituto Nacional para la Evaluación Educativa. Cabe agregar a este extenso párrafo sobre la reforma de Salinas de Gortari un detalle interesante: si bien rígidamente conducido por el gobierno, existió un proceso de consulta para la planeación de dicha reforma[28].


            En algún otro momento habrá que decir algo de las reformas –o actitudes reformadoras- de los gobiernos de Ernesto Zedillo, Vicente Fox y Felipe Calderón: ellos forman parte ya de los antecedentes directos para la situación actual. Pero del balance del siglo XX mexicano puede concluirse que las reformas educativas en México, constitucionales o no, provenían o bien de la visión personal de un intelectual destacado     –Sierra, Vasconcelos- o bien de las orientaciones ideológicas del régimen, o bien de necesidades administrativas o de planeación. En ciertos casos, como en el segundo periodo de Torres Bodet al frente de la SEP, podría hablarse de una conjugación de todos aquellos factores. Llama la atención que en diferentes momentos –con Bassols o con Bravo Ahuja como secretarios o con el propio Salinas en la presidencia- una reforma se vio precedida por amplia investigación y hasta por consultas y foros que, si bien dirigidos y controlados por gobiernos autoritarios, al menos aportaban algún giro a la manera en que se concretaban los cambios legales, administrativos o de planeación. ¿Puede decirse algo parecido de la reforma educativa de Enrique Peña Nieto?




[1] Cfr. Isidro Castillo, México: sus revoluciones sociales y la educación, ed. Libros EDDI, SA de CV, Morelia, 2007,  tomo III, pp. 15 ss.
[2] Cfr. Ibidem, p. 17.
[3] Cfr. Ibidem, pp. 66 – 67.
[4] Cfr. Ibidem, pp. 75 ss.
[5] Cfr. Ibidem, pp. 128 ss. Cfr. también José E. Iturriaga, “La creación de la Secretaría de Educación Pública”, en Fernando Solana, Raúl Cardiel y Raúl Bolaños (coords.), Historia de la educación pública en México, ed. Secretaría de Educación Pública, México, 1982, pp. 157 ss.
[6] Cfr. Castillo, op. cit., pp. 150 – 151.
[7] Cfr. Castillo, op. cit., tomo IV, pp. 57 ss.
[8] Cfr. Ibidem, pp. 62 y 63.
[9] Cfr. Ibidem, pp. 64 ss.
[10] Cfr. Jesús Sotelo Inclán, “La educación socialista”, en Solana et. al. (coords.), Historia de la educación pública en México, op. cit., p. 274.
[11] Cfr. Sotelo, op. cit., pp. 265 ss.
[12] Cfr. Ibidem, pp. 316 ss.
[13] Cfr. Ibidem, pp. 316 – 317.
[14] Cfr. Arquímedes Caballero y Salvador Medrano, “El segundo periodo de Torres Bodet: 1958 – 1964”, en Solana et. al. (coords.), Historia de la educación pública en México, op. cit., pp. 365 ss.
[15] Cfr. Caballero y Medrano, op. cit., p. 373.
[16] Ibidem, pp. 378 ss.
[17] Castillo, México: sus revoluciones sociales y la educación, tomo V, op. cit., pp. 97 ss.
[18] Cfr. Ibidem, pp. 188 – 189.
[19] Cfr. Ibidem, pp. 190 ss.
[20] Cfr. Castillo, México: sus revoluciones sociales y la educación, tomo VI, op. cit., pp. 46 ss.
[21] Cfr. Ibidem, pp. 50 ss.
[22] Secretaría de Educación Pública, Artículo 3º constitucional y Ley General de Educación, ed. SEP, México, 1993, p. 27.
[23] Idem.
[24] Cfr. Ibidem, pp. 28 – 29, en lo que toca a la educación que puedan impartir los particulares.
[25] Cfr. Castillo, México: sus revoluciones sociales y la educación, tomo VI, op. cit., p. 93.
[26] Cfr. Secretaría de Educación Pública, op. cit., pp. 72 ss.
[27] Cfr. Ibidem, pp. 64 ss.
[28] Cfr. Consejo Nacional Técnico de la Educación, Hacia un nuevo modelo educativo, ed. SEP, México, 1991.

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